VIAJES EN MOTO
top of page

CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE VIAJES

 

1. REGULACIÓN JURÍDICA APLICABLE CONTRATO DE VIAJE Y ACEPTACIÓN DE LAS CONDICIONES GE­NERALES.

Las presentes Condiciones Generales están sujetas a lo dispuesto en el RDL 1/2007, de noviembre, Ley General para la defensa de los Consumidores y Usuarios, Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre Condiciones Generales de la Contratación (14/4/98) y en la Ley 26/84, de 19 de julio, para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (BOE. 24/7/84)y demás disposicio­nes vigentes.

2. ORGANIZACIÓN

La Organización de los viajes incluidos en el presente programa ha sido realizada por FOSIL Expedition Services, nombre comercial propiedad de Federico Gómez López. Cuando el viaje contratado por el cliente tuviera un organizador distinto, los datos del mismo se indicarán en el BONO/ CONTRATO de viaje que se facilita al consu­midor en el momento de la suscripción del mismo.

3. PRECIO

3.1 El precio del viaje incluye: El transporte de ida y regreso, cuando este servicio esté incluido en el programa/oferta contratado, con el tipo de transporte, caracte­rísticas y categoría que consta en el contrato o en la documentación que se entrega al consu­midor en el momento de suscribirlo. Tasas o impuestos de los establecimientos hoteleros, así como impuestos indirectos, cuando éstos sean aplicables, y la asistencia técnica durante el viaje, cuando este servicio esté específica­mente incluido.

3.2 El precio del viaje combinado no incluye: Visados, tasas de aeropuerto, y/o tasas de entrada y salida, certificados de vacunación, “extras”, salvo que expresamente se pacte en el contrato otra cosa, y, en general, cualquier otro servicio que no figure expresamente en el apartado “El precio del viaje inclu­ye” o no conste específicamente detallado en el programa/oferta, en el contrato o en la do­cumentación que se entrega al consumidor.

3.3. Excursiones o visitas facultativas. En el caso de excursiones o visitas facultativas no contratadas en origen, debe tenerse presen­te que no forman parte del contrato de viaje combinado. Su publicación en el folleto tiene mero carácter informativo y el precio está ex­presado con el indicativo de “estimado”.

4. REVISIÓN DE PRECIOS

El precio del viaje combinado ha sido cal­culado en base a los tipos de cambio, tarifas de transporte, coste de carburante y tasas e impuestos aplicables en la fecha de edición del programa/folleto o de las posteriores que, en su caso, se hayan hecho públicas de forma impresa.

Cualquier variación del precio de los citados elementos podrá dar lugar, según criterio de FOSIL, a la revisión del precio final del viaje, en los importes estrictos de las variacio­nes de precio aludidas. Estas modificaciones serán notificadas al consumidor, por escrito o por cualquier medio que permita tener cons­tancia de la comunicación efectuada, pudien­do éste, cuando la modificación efectuada sea significativa, desistir del viaje, sin pena­lización alguna, o aceptar la modificación del contrato.

5. FORMA DE PAGO. INSCRIPCIONES Y RE­EMBOLSOS

Reserva previa: El consumidor que desea con­tratar algún servicio realiza una “solici­tud de reserva”.

Tras esa solicitud FOSIL se compromete a realizar las gestiones oportunas para obte­ner la confirmación de la reserva con arreglo al número de plazas disponibles o el periodo para el que se han solicitado.

Cuando el consumidor solicite una plaza en alguno de los cursos que se imparten (conducción, gps, etc.), éste podrá anular su reserva hasta con 10 días de antelación, teniendo en este caso el derecho a recibir el importe del curso íntegro. Pasado ese plazo no se devolverá el importe, sin embargo su plaza puede ser ocupada por otra persona que el consumidor designe.

En los casos de anulación durante los 10 días anteriores y por causas de fuerza mayor (climatológicas, fallecimiento de familiares, etc.) el importe no se devolverá, sin embargo el consumidor dispondrá de 6 meses para asistir a cualquiera de los cursos programados en ese espacio de tiempo sin tener que abonar cantidad alguna.

Cuando el consumidor solicite plaza en alguno de los raids o eventos organizados a lo largo del año, éste estará sujeto a las condiciones particulares de ese evento, que se publicarán en la sección correspondiente en la web de FOSIL.

Cuando el consumidor solicite la elaboración de un viaje combinado a medida, la Agencia podrá exigir el abono de una cantidad para la confección del proyecto. Si el consumidor acepta la oferta del viaje elaborado por la Agencia, y está puede confirmarle los servi­cios que comprende, la suma entregada se imputará al precio del viaje; siempre que no pueda confirmarlos, la Agencia deberá devol­ver las cantidades entregadas.

En el acto de la inscripción, la Agencia podrá requerir un anticipo que en ningún caso será superior al 40% del importe total del viaje, ex­pidiendo el correspondiente recibo en el que se especifique, además del importe anticipa­do por el consumidor, el viaje so­licitado. El importe restante deberá abonarse contra la entrega de abonos o documentación del viaje, que deberá realizarse al menos siete días antes de la fecha de salida (excepto en caso de reserva anticipada). De no procederse al pago del precio total del viaje en las condi­ciones señaladas, se entenderá que el consu­midor desiste del viaje solicitando, siéndole de aplicación las condiciones previstas en el apartado siguiente. Los precios de los viajes en grupo están calculados con un mínimo de personas viajando juntas; en caso de no al­canzarse el mínimo que cuenta en el folleto, tendrá lugar una alteración del precio o anu­lación del viaje. Cualquiera de las opciones deberá ser comunicada a los viajeros con un mínimo de 10 días de antelación. Además, se detallarán en el contrato de viaje correspondiente por ocupación que forman parte adicional del precio. En este caso, se notificará a los participantes de la aplicación de estos suplementos con un mínimo de diez días antes de la salida. Todos los reembolsos que sean procedentes por cualquier concepto, se formalizarán a través de la Agencia detallis­ta donde se hubiese realizado la inscripción, no efectuándose devolución alguna por servi­cios no utilizados voluntariamente por el con­sumidor. La perfección del contrato de viaje combinado se produce con la firma de ambos del contrato y de estas condiciones.

6. DERECHOS DEL CONSUMIDOR ANTES DEL VIAJE

6.1 Cesión de la reserva

El consumidor del viaje podrá ceder su reserva a una tercera persona, solicitándolo por escrito con veinte días de antela­ción a la fecha de inicio del viaje. El cesionario tendrá que reunir los mismos requisitos que tenía el cedente, exigidos con carácter general para el viaje combinado y ambos responderán solidariamente ante FOSIL del pago del precio del viaje y de los gastos adicio­nales justificados en la cesión. Los viajes o eventos no consumidos por causa justificada, caducan al año del pago de la reserva inicial.

6.2 Desistimiento

No se devolverá la fianza si se procede a la anulación de viaje a menos de 15 días de la fecha de comienzo del viaje.

7. DERECHOS DEL CONSUMIDOR POR AL­TERACIONES DEL VIAJE

FOSIL se compromete a facili­tar a sus clientes la totalidad de los servicios contratados contenidos en el programa-oferta que ha dado origen al contrato de viaje, con las condiciones y caracterís­ticas estipuladas, todo ello de acuerdo a los siguientes extremos:

a) En el supuesto de que, antes de la salida del viaje, el Organizador se vea obligado a modi­ficar de manera significativa algún elemento esencial del contrato, incluido el precio, debe­rá ponerlo en conocimiento del consumidor.

b) En tal supuesto el consumidor, salvo co­municación escrita en sentido contrario, se presumirá que acepta la modificación del contrato en el que se contemplan las variacio­nes introducidas y la repercusión en el precio. El consumidor deberá comunicar la decisión indicada anteriormente al Organizador dentro de los tres días siguientes a ser notificado de la modificación a que se refiere el apartado a). En el supuesto de que el consumidor no notifique su decisión en los términos indicados, se entenderá que opta por la aceptación de las modificaciones al contrato sin el percibo de indemnización alguna. Es preciso tener en cuenta los contra­tos sujetos a descuento por reserva anticipa­da que se tratarán según conste en el propio contrato y en todo caso si se decidiera la re­solución del contrato el consumidor tendría como máximo derecho a retorno de la canti­dad abonada.

c) El el supuesto de que el consumidor opte por resolver el contrato, al amparo de lo previsto en el apartado b), o en el que el Or­ganizador cancele el viaje antes de la fecha de salida acordada, por cualquier motivo que no sea imputable al consumidor, éste tendrá derecho, desde el momento que se produzca la resolución del contrato, al re­embolso de todas las cantidades pagadas, con arreglo al mismo, o bien a la realización de otro viaje combinado de calidad equivalente o superior, siempre que el Organizador pueda proponérselo. Si el viaje ofrecido fuera de calidad inferior, el Organizador deberá reembolsar al consumidor, cuando proceda, en función de las cantidades ya desembolsadas, la diferencia de precio, con arreglo al contrato (este mismo derecho co­rresponderá al consumidor que no obtuviese confirmación de la reserva en los términos estipulados en el contrato).

d) En los anteriores supuestos, el Organiza­dor será responsable del pago al consumidor de la indemnización que en su caso corresponda por incumplimiento de contrato, que será del 5 por cien del precio to­tal del viaje contratado, si el citado incumpli­miento se produce entre los dos meses y quin­ce días inmediatamente anteriores a la fecha prevista de realización del viaje; el 10 por cien si se produce entre los quince días y tres días anteriores, y el 25 por cien en el supuesto de q el incumplimiento citado se produzca en las cuarenta y ocho horas anteriores.

e) Cesará la responsabilidad de indemnizar por parte de la Agencia en los siguientes su­puestos:

1. Cuando no se dé el número de participantes mínimo en un viaje de grupo, siempre que se comunique por escrito al menos 10 días antes de la salida.

2. Cuando la cancelación del viaje, salvo en los supuestos de exceso de reservas, se deba a motivos de fuerza mayor, entendiendo por ta­les aquellas circunstancias ajenas a quien las invoca, anormales e imprevisibles, cuyas con­secuencias no habrían podido evitarse, a pe­sar de haber actuado con la diligencia debida.

f) En ningún caso, todo aquello no incluido en el contrato de viaje (como, por ejemplo, billetes de transportes desde el lugar de origen del pasajero hasta el lugar de salida del viaje, o viceversa, reservas de hotel en días previos o posteriores al viaje, etc.) será res­ponsabilidad del Organizador, no existiendo obligación de indemnizar por esos posibles gastos de servicios independientes en caso de que el viaje se cancele por las causas previstas en el apartado e).

8. DERECHOS DEL CONSUMIDOR DURAN­TE EL VIAJE

En el caso de que, después de la salida del via­je, el Organizador no suministre o compruebe que no puede suministrar una parte impor­tante de los servicios previstos en el contrato, adoptará las soluciones adecuadas para la continuación del viaje organizado, sin suple­mento alguno de precio para el consumidor, y, en su caso, abonará a este último el importe de la diferencia entre las prestaciones pre­vistas y las suministradas. Si el consumidor continúa el viaje con las soluciones dadas por el Organizador, se considerará que acepta tá­citamente dichas propuestas.

9. PRESCRIPCIÓN DE ACCIONES

No obstante lo dispuesto en el apartado prece­dente, el plazo de prescripción de las acciones derivadas de los derechos reconocidos en el RDL 1/2007 de 16 de noviembre será de dos años, según queda establecido en el Artículo 165 del citado RDL.

10. PRESCRIPCIÓN DE ACCIONES

10.1 General

 

FOSIL responderá frente al consumidor, en fun­ción de las obligaciones que les correspondan por su ámbito respectivo de gestión del viaje combinado, del correcto cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, con in­dependencia de que éstas las deban ejecutar ellos mismos u otros prestadores de servicios, y sin perjuicio del derecho de los Organizado­res y Detallistas a actuar contra dichos presta­dores de servicios. El Organizador manifiesta que asume las funciones de organización y ejecución del viaje.

Los Organizadores de viajes responderán de los daños sufri­dos por el consumidor como consecuencia de la no ejecución o ejecución deficiente del contrato. Dicha responsabilidad cesará cuan­do concurra alguna de las siguientes circuns­tancias:

1. Que los defectos observados en la ejecución del contrato sean imputables al consumidor.

2. Que dichos defectos sean imputables a un tercero ajeno al suministro de las prestacio­nes previstas en el contrato y revistan un ca­rácter imprevisible o insuperable.

3. Que los defectos aludidos se deban a mo­tivos de fuerza mayor, entendiendo por tales aquellas circunstancias ajenas a quien las in­voca, anormales e imprevisibles cuyas conse­cuencias no habrían podido evitarse, a pesar de haber actuado con la diligencia debida.

4. Que los defectos se deban a un aconteci­miento que el Or­ganizador, a pesar de haber puesto toda la di­ligencia necesaria, no podía prever ni superar.

No obstante, en los supuestos de exclusión de responsabilidad por darse alguna de las circunstancias previstas en los números 2, 3 y 4 el organizador que sea par­te en el contrato de viaje estará obligado a prestar la necesaria asistencia al consumidor que se encuentre en dificultades.

10.2 Límites del resarcimiento por daños

En cuanto al límite del resarcimiento por los daños que resulten del incumplimiento o de la mala ejecución de las prestaciones inclui­das en el viaje, se estará a lo dis­puesto en los convenios internaciones sobre la materia. La Agencia organizadora declina toda responsabilidad sobre los daños perso­nales, accidentes, enfermedades en ruta, así como robos tanto en los hoteles como en los autocares, extravío, deterioro o pérdida total de equipaje, recordando a los viajeros que existen pólizas de seguro que cubren estas circunstancias.

La organización no se hace responsable durante el recorrido de un viaje, trekking, campamento o expedición de los malestares físicos producidos por la altura, cambios de clima o necesidades de cruzar puentes, ríos o pasos difíciles.

En ningún caso FOSIL se responsabiliza de los gastos de alojamiento, manutención, transportes y otros que se originen por causas de fuerza mayor.

11. DELIMITACIÓN DE LOS SERVICIOS DEL VIAJE

En los circuitos, los autocares pueden variar en sus características en función del número de participantes. Si en alguna salida no se lle­ga a un número suficiente de viajeros, es posi­ble que se utilice un minibús o “van” que, salvo indicación expresa en contrario, no tienen los asientos reclinables. Así mismo, en la descrip­ción de cada circuito se indica si el autocar po­see o no aire acondicionado, entendiéndose que no lo tiene si nada se indica. El transporte en los parques naturales para la realización de safaris fotográficos se efectúa en un “van” o en un vehículo todo terreno característico del país. En todos los casos anteriores el diseño, estructura, confort y seguridad del vehículo puede no adaptarse a las normas y estándares españoles, sino a las que son propias del país de destino del viaje. Si ocurre un accidente el perjudicado deberá presentar la pertinente reclamación contra la entidad trasportista en el respectivo país, a fin de salvaguardar en su caso la indemnización del seguro de ésta, siendo apoyado y asesorado por FOSIL en lo que fuese necesario.

12. HOTELES

La calidad y contenido de los servicios presta­dos por el hotel vendrá determinada por la ca­tegoría turística oficial, si la hubiere, asignada por el órgano competente de su país. Dada la vigente legislación al respecto, que establece sólo la existencia de habitaciones individuales y dobles permitiendo que en algunas de estas últimas pueda habilitarse una tercera cama, se estimará siempre que la utilización de la tercera cama se hace con el consentimiento de las personas que ocupan la habitación. Esta tácita estimación deriva de la circunstancia cierta de haber sido advertidos previamente, así como de figurar reflejada la habitación como triple en todos los impresos de reservas facilitados al consumidor al abonar el anti­cipo, en el contrato y los billetes y/o la docu­mentación del viaje que se entrega simultá­neamente a la firma del mismo. Igualmente en los casos de habitaciones dobles para hasta cuatro personas, con cuatro camas, cuando así se especifique en la oferta del pro­grama/folleto. Si en alguno de los programas figura alojamiento en habitación doble, triple o múltiple, se entiende que es a compartir con cualquier miembro del grupo que realice el viaje.

Los precios base de cada programa son por persona y están basados en las habitaciones dobles, si no se indica otra cosa, por tanto la habitación de uso individual llevará un suplemento que generalmente irá indicado en contrato salvo causas de fuerza mayor.

Si a solicitud de los clientes se alojan en ha­bitaciones triples o cuádruples no existe, en principio, como norma general, ningún tipo de descuento, aplicándose el precio base por persona. En estos casos la Agencia no se res­ponsabiliza de que la habitación sea conside­rada por el hotel como una doble con cama adicional, ya que, en general, las habitaciones triples son muy escasas.

En ciertos países, las habitaciones triples y cuádruples sólo disponen de dos camas de matrimonio.

El horario habitual para la entrada y salida en los hoteles está en función del primer y último servicio que el usuario vaya a utilizar. Como norma general y salvo que expresamente se pacte otra cosa en el contrato, las habitaciones podrán ser utilizadas a partir de las 15 horas del día de llegada y deberán quedar libres an­tes de las 12 horas del día de salida.

Cuando el servicio contratado no incluya el acompañamiento permanente de guía y en el supuesto de que el usuario prevea su llegada al hotel o apartamento reservado en fechas u horas distintas a las reseñadas, es convenien­te, para evitar problemas y malas interpreta­ciones, comunicar con la mayor anticipación posible tal circunstancia a la Agencia Organi­zadora, o al hotel o a los apartamentos direc­tamente, según los casos.

Igualmente, debe consultar a la Agencia, en el momento de hacer la reserva, la posibilidad de llevar animales, pues generalmente no son admitidos en los hoteles y apartamentos. En el supuesto de haber confirmado la admisión de animales y se pretenda viajar con ellos, tal circunstancia deberá hacerse constar en el contrato.

El servicio de alojamiento implicará que la habitación esté disponible en la noche corres­pondiente, entendiéndose prestado con inde­pendencia de que, por circunstancias propias del viaje, el horario de entrada en el mismo se produzca más tarde de lo inicial­mente te previsto.

En los viajes cuya llegada al punto de desti­no se realice después de las 12.00 horas, el primer servicio del hotel, cuando esté inclui­do en la oferta del programa/folleto, será la cena. Igualmente, en los viajes cuya llegada al punto de destino se realice después de las 19.00 horas, el primer servicio del hotel será el alojamiento.

13. SERVICIOS SUPLEMENTARIOS

Cuando los usuarios soliciten servicios su­plementarios (por ejemplo habitación vista al mar, etc.) que no les puedan ser confirmados definitivamente por el Organizador, el usuario podrá optar por desistir del servicio suplementario solicitado o mantener su solicitud a la espera de que tales servicios puedan finalmente serle prestados.

14. PASAPORTES, VISADOS Y DOCUMEN­TACIÓN

Todos los usuarios, sin excepción (niños in­cluidos), deberán llevar en regla su documen­tación personal y familiar correspondiente, sea el pasaporte o D.N.I., según las leyes del país o países que se visitan. Será por cuenta de los mismos cuando los viajes así lo requieran la obtención de visados, pasaportes, certifi­cados de vacunación, etc. En caso de ser re­chazada por alguna Autoridad la concesión de visados, por causas particulares del usuario, o ser denegada su entrada en el país por carecer de los requisitos que se exigen, o por defecto en la documentación exigida, o por no ser portador de la misma, el Organizado­r declina toda responsabilidad por hechos de esta índole, siendo por cuenta del consumidor cualquier gasto que se origine, aplicándose en estas circunstancias las condiciones y normas establecidas para los supuestos de desisti­miento voluntario de servicios. Se recuerda igualmente a todos los usuarios, y en especial a los que posean nacionalidad distinta a la es­pañola, que deben asegurarse, antes de iniciar el viaje, de tener cumplidas todas las normas y requisitos aplicables en materia de visados a fin de poder entrar sin problemas en todos los países que vayan a visitarse. Los menores de 18 años deben llevar un permiso escrito fir­mado por sus padres o tutores, en previsión de que el mismo pueda ser solicitado por cual­quier autoridad.

FOSIL, como un servicio más a sus clien­tes, podrá ocuparse de la gestión de visados necesarios, pero no acepta ningún tipo de responsabilidad en caso de no haberle hecho entrega de la documentación precisa.

El cliente es conocedor de las recomenda­ciones, prevenciones y/o advertencias que el Ministerio de Asuntos Exteriores realiza a los que visitan el país de destino y exonera a FOSIL de cualquier responsabilidad al res­pecto y por cualquier causa.

15. INFORMACIÓN QUE FOSIL DEBE FACILITAR AL CONSUMI­DOR

Se informa al consumidor que en el momen­to de la formalización del contrato deberá re­cibir FOSIL la información pertinente sobre la documentación específi­ca necesaria para el viaje elegido, así como asesoramiento sobre la suscripción faculta­tiva de un seguro que le cubra de los gastos de cancelación y/o de un seguro de asistencia que cubra los gastos de repatriación en caso de accidente, enfermedad o fallecimiento.

Se informa de los RIESGOS probables implí­citos al destino y al viaje contratado, en cum­plimiento de la Ley General de Defensa de consumidores y Usuarios, y de la Dirección del Servicio de Información sobre vacunas.

16. DERECHO DE ADMISIÓN, EXPULSIÓN Y RÉGIMEN DISCIPLINARIO

FOSIL se reserva el dere­cho de admisión y expulsión, si fuera necesa­rio, a cualquier persona que por su actuación perturbadora pueda dificultar la buena mar­cha del viaje y la convivencia del grupo.

El viajero exonera expresamente a la Agencia de cualquier responsabilidad, reclamación, contingencia u obligación en la que pueda incurrir personalmente y/o frente a terce­ros con motivo de eventuales, presuntos y/o probados incumplimientos de la legislación o normativa de cualquier índole vigente en el país de destino, manifestando a tal propósi­to, conocer su obligación a tal respecto y su voluntad firme y expresa de acatar y cumplir con la misma en todo su alcance.

Igualmente se obliga a seguir las indicacio­nes de las personas responsables del grupo o guías, exonerando FOSIL, en los mis­mos términos que el párrafo anterior, para el caso de incumplir total o parcialmente la presente obligación.

17. LOS DATOS PERSONALES QUE SE SO­LICITAN PARA LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO, Y PARA EL ENVÍO DE INFOR­MACIÓN ESTÁN SOMETIDOS A LA LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS

De conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Pro­tección de Datos de Carácter Personal, el cliente es informado de que, con la finalidad de cumplir con las obligaciones del contrato de viaje, los datos facilitados serán objeto de tratamiento automatizado y se incorporarán a un fichero informático titularidad de FOSIL, ante quien, como responsable del tratamiento y en su dominio social, podrá ejercitar los derechos de acceso, rectifica­ción, cancelación y oposición reconocidos por la Ley. El cliente manifiesta su consen­timiento expreso para tal tratamiento y au­toriza a FOSIL para que le facilite infor­mación y publicidad relativa a sus productos, en tanto no reciba instrucciones en sentido contrario.

18. JURISDICCIÓN

Ambas partes de común acuerdo, con re­nuncia expresa al fuero que pudiere corres­ponderles, se someten expresamente para cuantas divergencias se derivan de la inter­pretación, cumplimiento o ejecución del con­trato de viaje combinado, a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Sevilla.

19. DISPONIBILIDAD DEL PROGRAMA OFERTA O DOSSIER TÉCNICO

A los efectos de estas condiciones generales, se deja constancia que debido al carácter publicitario de este folleto, así como la ante­lación de su edición y limitación de espacio, existe a disposición del cliente un programa oferta o dossier técnico de cada viaje que complementa y detalla la información de este folleto.

bottom of page